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            "date": "2026-06-17T13:14:00Z",
            "description": "De acuerdo a documento Anexo_D-758_gira.docx, se menciona que \"el proveedor deberá emitir una factura afecta a IVA\". Solicitamos IMPUGNAR esta cláusula y cualquiera que haga relación con esta exigencia por los siguientes motivos: 1. El servicio de salidas pedagógicas se enmarca, basado en su propósito y su naturaleza pedagógica, dentro de actividades económicas relacionadas con la Enseñanza (códigos 85XXXXX), los cuales son exentos de IVA. 2. Independiente de lo anterior, en su mayor parte tiene componentes exentas (transporte, museos, guía educacional, etc.), y una mínima parte afecta (alimentación y algunos pocos destinos). 3. La naturaleza de la facturación NO es una facultad discrecional, sino que está determinada por la ley y el principio de realidad de los actos jurídicos de acuerdo al artículo 4° bis del Código Tributario (DL830), las obligaciones tributarias nacen y son exigibles con arreglo a la naturaleza jurídica de los hechos o negocios realizados, cualquiera que sea la forma o denominación que los interesados le hubieran dado. Es decir, si un servicio es legalmente exento, el COMPRADOR NO PUEDE convertirlo en afecto por simple voluntad contractual Al respecto, el artículo 2°, numeral 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (DL825) establece explícitamente que si un servicio comprende conjuntamente prestaciones afectas y exentas, SÓLO se gravarán aquellas que, por su naturaleza, se encuentren afectas, salvo que no puedan individualizarse unas de otras (En este caso, se pueden diferenciar claramente cada una de las componentes del servicio). Finalmente, el SII es el único organismo con la facultad exclusiva de calificar la habitualidad y naturaleza de los hechos gravados. En resumen: no se puede exigir un determinado tipo de facturación, puesto que esto está regulado por la ley, y la forma correcta de facturar, en este caso, es a través de facturación mixta. 4. La ley de Compras Públicas (Ley 19.886) establece el principio de valor por dinero en su artículo 2° bis, que dicta regirse por la eficiencia, eficacia y economía en el uso de los recursos públicos. Obligar a pagar un 19% adicional de IVA por un servicio que legalmente no debe pagarlo es una contravención directa a este principio. Al mismo tiempo, establece una diferencia arbitraria, prohibida por el art 6°, al potencialmente excluir a proveedores que aplican correctamente la ley. DE ACUERDO A TODO LO ANTERIOR, se exige IMPUGNAR la cláusula mencionada y cualquiera que haga relación con esta exigencia, actualizando con ello las bases, anexos y demases que correspondiere. La Municipalidad de Curanilahue, así como ningún otro cuerpo estatal -salvo el SII-, NO tiene la potestad de exigir un tipo específico de facturación, lo que contraviene los ya mencionados cuerpos legales, así como el principio de valor por dinero y la prohibición de diferencias arbitrarias. En contraste, se solicita liberar esta cláusula o exigir exclusivamente una facturación mixta atendiendo la naturaleza de cada parte del servicio prestado.",
            "answer": "SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS SE SOLICITA FACTURA AFECTA A IVA POR CONTENER SERVICIOS AFECTOS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:52:51Z"
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            "id": "7443864",
            "date": "2026-06-17T14:42:09Z",
            "description": "Respecto al pago, se señala lo siguiente \"la factura deberá ser entregada junto al certificado de conformidad del servicio emitido por la directora del establecimiento educacional\" ¿Estos dos son eventos que ocurren en paralelo, o es exigencia contar con el certificado de conformidad del establecimiento? Favor aclarar si la Municipalidad de Curanilahue busca retrasar administrativamente la emisión de la factura, en consideración que esto afecta directamente el pago a 30 días al oferente, y podría considerarse como una demora injustificada para el pago. El artículo 2 de la Ley 19.983 establece que \"... NO producirán efecto alguno las cláusulas o estipulaciones que INTENTEN DEMORAR indebidamente el pago de la factura al vendedor o prestador del servicio\". Dicho lo anterior, favor confirmar la manera en que esto operará, reconociendo y separando debidamente las responsabilidades administrativas de la institución respecto a las responsabilidades financieras.",
            "answer": "EL CERTIFICADO SE EMITE POR EL ENCARGADO EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL Y NO PRODUCE RETRASO",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:53:36Z"
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          {
            "id": "7443866",
            "date": "2026-06-17T14:42:48Z",
            "description": "Favor confirmar que esta licitación está sujeta al artículo 3° de la Ley n° 19.983, es decir, que si el comprador no reclama en contra del contenido de la factura o de la falta de prestación de servicios dentro de ocho días corridos, este se entiende como irrevocablemente aceptada, esto independiente del procedimiento de recepción conforme, que constituye un mero requisito técnico y administrativo interno, exigido por el Reglamento de la Ley de Compras (Decreto 661), como condición para el pago. No obstante el procedimiento de recepción conforme, el organismo público se ve en la obligación de cumplir con los plazos legales de las leyes mencionadas.",
            "answer": "SI, CONFORME A LA NORMATIVA",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:54:24Z"
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            "id": "7443867",
            "date": "2026-06-17T14:42:57Z",
            "description": "Favor confirmar que esta licitación está sujeta a la Ley de Pago a 30 días (Ley N° 21.131) y el Reglamento de Compras Públicas (Decreto 661), que establece un plazo máximo de pago de 30 días corridos contados desde la recepción de la factura, y pagos por mora en caso de retraso, equivalentes a una comisión fija del 1% del saldo insoluto, más el interés corriente por cada día de atraso, con cargo a sus respectivos presupuestos, lo cual aplica también a organismos públicos.",
            "answer": "SI, CONFORME A LA NORMATIVA",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:55:53Z"
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          {
            "id": "7443896",
            "date": "2026-06-17T14:51:58Z",
            "description": "En consideración que para el pago se exige una \"Nómina de participantes por cada gira, que contenga nombres, curso, fecha de realización\" que no está dentro de las exigencias del servicio enviar un coordinador/guía en terreno y que la función específica del chofer es llevar al grupo a los distintos destinos, preocupándose de la seguridad de estos y del corecto resguardo y cuidado del vehículo. Favor confirmar que es el mismo establecimiento el que aporta este antecedente, y que la aportación de este es de mero caracter administrativo, no condicionante para la ejecución efectiva del pago.",
            "answer": "LA NOMINA SE EMITE POR EL ENCARGADO EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:57:15Z"
          },
          {
            "id": "7446295",
            "date": "2026-06-18T10:19:40Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que \"no se podrá subcontratar, salvo autorización escrita de la Institución\" y que \"la solicitud de subcontratación deberá efectuarse conjuntamente con la presentación de la oferta\". Al respecto se solicita aclarar: 1) ¿Cuál es el procedimiento formal y formato específico (o anexo) para realizar dicha solicitud al momento de presentar la oferta? 2) ¿Cuáles son los requisitos técnicos, administrativos y criterios objetivos bajo los cuales la Institución otorgará o denegará dicha autorización? Esta aclaración es indispensable para dar cumplimiento al principio de igualdad de trato y no discriminación (Art. 2 bis de la Ley N° 19.886) y para evitar el establecimiento de diferencias arbitrarias entre los proponentes, prohibidas por el artículo 6° de la Ley N° 19.886 y el artículo 37 del Reglamento. Asimismo, se busca resguardar el deber de la entidad de proporcionar la máxima información a los proveedores (Art. 37 del Reglamento) y asegurar que toda condición de la licitación permita una evaluación de las ofertas de la forma lo más objetiva posible (Art. 55 del Reglamento), evitando que la \"autorización escrita\" quede sujeta a una discrecionalidad que afecte la transparencia del proceso.",
            "answer": "ESTRICTA SUJECION A LAS BASES",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:58:11Z"
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            "id": "7446377",
            "date": "2026-06-18T10:32:12Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que no se podrá subcontratar, salvo autorización escrita. Del mismo modo, se menciona que, en caso de ocurrir, no se podrá exceder el 30% del valor de la oferta. Considerando la naturaleza de los servicios requeridos en esta licitación, la subcontratación es indispensable para cumplir con lo solicitado. En consideración de ello, favor confirmar que, para efectos de esta licitación, el TRANSPORTE NO se considera como subcontratación.",
            "answer": "NO SE CONSIDERA SUBCONTRATACION, SINO UN SERVICIO DE INTERMEDIACION\n",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:59:28Z"
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            "id": "7446382",
            "date": "2026-06-18T10:32:26Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que no se podrá subcontratar, salvo autorización escrita. Del mismo modo, se menciona que, en caso de ocurrir, no se podrá exceder el 30% del valor de la oferta. Considerando la naturaleza de los servicios requeridos en esta licitación, la subcontratación es indispensable para cumplir con lo solicitado. En consideración de ello, favor confirmar que, para efectos de esta licitación, la ALIMENTACIÓN (colaciones y almuerzos) NO se considera como subcontratación.",
            "answer": "NO SE CONSIDERA SUBCONTRATACION, SINO UN SERVICIO DE INTERMEDIACION\n",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:59:42Z"
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            "id": "7446385",
            "date": "2026-06-18T10:32:36Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que no se podrá subcontratar, salvo autorización escrita. Del mismo modo, se menciona que, en caso de ocurrir, no se podrá exceder el 30% del valor de la oferta. Considerando la naturaleza de los servicios requeridos en esta licitación, la subcontratación es indispensable para cumplir con lo solicitado. En consideración de ello, favor confirmar que, para efectos de esta licitación, el ACCESO A PARQUES, DESTINOS Y SIMILARES NO se considera como subcontratación.",
            "answer": "NO SE CONSIDERA SUBCONTRATACION, SINO UN SERVICIO DE INTERMEDIACION\n",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:00:03Z"
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            "id": "7446394",
            "date": "2026-06-18T10:33:29Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que, en caso de subcontratación, los subcontratados deben cumplir con las exigencias del artículo 7, y estar inscritos en registro de proveedores. Sin embargo, por la naturaleza del rubro, los restaurantes NO participan en Mercado Público ni pueden cumplir a cabalidad las estrictas exigencias del artículo 7 del mismo modo, muchos de los destinos mencionados, que son de entera selección de la entidad solicitante, tampoco cuentan con participación en Mercado Público. En consideración de esto, se solicita eliminar/relajar las exigencias de lo planteado en cuanto a la subcontratación, y/o eliminar la alimentación y destinos de estos requerimientos, haciéndolos exigibles exclusivamente para la subcontratación de transporte.",
            "answer": "NO SE CONSIDERA SUBCONTRATACION, SINO UN SERVICIO DE INTERMEDIACION, ESTRICTA SUJECION A LAS BASES\n",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:02:25Z"
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            "date": "2026-06-18T10:34:48Z",
            "description": "Se menciona en el artículo 17 que \"[...] deberán contar con una garantía durante la ejecución del contrato [...]\" Sin embargo, ni en la ficha ni en las bases se detalla a qué tipo de garantía corresponde, montos, duración y demases. ¿Es esta una garantía de fiel cumplimiento? Si es así, por favor confirmar que NO se exigirá esta garantía, en consideración de que el artículo 41, numeral 7 del Reglamento (Decreto 661) menciona que las bases deben contener, a lo menos, el monto de la o las garantías que la Entidad licitante exija a los oferentes y la forma y oportunidad en que serán restituidas, lo cual en este caso no ocurre, y afectaría la correcta valoración económica de la propuesta.",
            "answer": "GARANTIA LEGAL DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LA LEY DE CONSUMIDORES EN CHILE",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:03:04Z"
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            "date": "2026-06-18T22:28:58Z",
            "description": "Favor detallar respecto a la alimentacion minima a ser entregada a acada estudiante.",
            "answer": "REVISAR ANEXO TECNICO D-758 GIRAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:03:36Z"
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            "date": "2026-06-18T22:29:42Z",
            "description": "favor detallar si se debe entregar solo una factura afecta a iva por la totalidad de servicios, o una factura por cada uno de los tres servicios solicitados.",
            "answer": "SEGÚN LO INDICADO EN EL ANEXO TECNICO EL PLAZO DE PAGO SERÁ MENSUAL, DE ACUERDO A LA CANTIDAD DE GIRAS REALIZADAS DURANTE EL MES, UNA VEZ REALIZADO EL SERVICIO PREVIA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN CONFORME DE LA FACTURA.",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:04:41Z"
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            "date": "2026-06-18T22:34:30Z",
            "description": "en el caso de los viajes a pinacoteca y dojo, se debe pagar alguna entrada?",
            "answer": "EN EL DOJO SE DEBE CANCELAR ENTRADA Y LA PINACOTECA NO TIENE COBRO DE ACCESO",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:31:08Z"
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            "date": "2026-06-18T22:39:05Z",
            "description": "Considerando que el proveedor debe efectuar reservas y comprometer recursos con antelación para la totalidad de los pasajeros informados, se solicita confirmar que la eventual inasistencia de uno o más integrantes de la delegación no dará derecho a descuentos, devoluciones ni rebajas tarifarias, manteniéndose el cobro íntegro de los servicios previamente contratados y reservados.",
            "answer": "NO",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:05:02Z"
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            "date": "2026-06-19T09:26:42Z",
            "description": "En dos salidas se menciona \"Cine Mirador Biobio\", perteneciente a cadena Cinemark, como destino. En función del principio de valor por dinero, y los deberes de eficiencia, eficacia y economía consagrados en el artículo 2 bis de la Ley N° 19.886 (Ley de compras públicas), se considera la limitación a esta única cadena como un requisito injustificado. Por favor confirmar que es posible reemplazar este por otro cine ubicado dentro de Concepción, esto en pro de lograr ofertas más competitivas.",
            "answer": "EN EL ITEM ENTRADAS NO CONSIDERA ENTRADAS AL CINE, LAS ENTRADAS HACE REFERENCIA A TODOS LOS DEMAS LUGARES QUE LA REQUIERAN",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:06:30Z"
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            "date": "2026-06-19T09:27:14Z",
            "description": "Respecto a destino \"Dojo Talcahuano\", favor aclarar lo siguiente: 1) Dirección Exacta. 2) ¿El grupo tendrá previamente gestionado el acceso o lo debe gestionar el proveedor? 3) ¿En qué calidad van los estudiantes? ¿Competidores o Expectadores? 4) ¿Cuáles son las actividades que debe garantizar el proveedor asociado a este destino? Favor aclarar todo lo anterior, dado que se hace indispensable para la correcta valoración de la oferta.",
            "answer": "LOS ALUMNOS ASISTIRAN COMO ESPECTADORES, LA VISITA ESTARA GESTIONADA Y EL PROVEEDOR DEBERA CANCELAR LAS ENTRADAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:28:30Z"
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            "date": "2026-06-19T09:27:55Z",
            "description": "Respecto a salida n° 7 con destino a Lota: en reciente contacto con la fundación, se pudo constatar que la Mina Chiflón del Diablo entró en una profunda mantención que durará, a lo menos, 4 meses, es decir, POR LO MENOS hasta mediados de octubre, quedando no habilitado el acceso para cualquier turista o delegación. En consideración de ello, favor aclarar qué ocurrirá en el caso de que el curso desee llevar a cabo la salida y, por razones externas tanto al proveedor como al comprador, no sea posible acceder en particular a este destino.",
            "answer": "SE EVALUARA LA DISPONIBILIDAD DEL LUGAR PREVIO A LA FECHA VIENDO LAS ALTERNATIVAS DISPONIBLES",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:07:13Z"
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            "date": "2026-06-19T09:28:43Z",
            "description": "Respecto a artículo 12, sobre plazo de ejecución máximo, que menciona \"Plazo de ejecución será de 30 días corridos como máximo a contar del día siguiente de la emisión de la orden de compra.\" Favor aclarar: ¿Se emitirá una OC por cada servicio? En caso de emitir una OC única no es posible ejecutar el servicio en 30 días, toda vez que, según el mismo calendario proporcionado, la primera actividad es para el 5 de agosto y la última para el 29 de octubre, habiendo más de 30 días entre ambas fechas, y con dos fechas aún por definir.",
            "answer": "SE EMITIRA UNA SOLA ORDEN DE COMPRA, Y LA EJECUCION SERA DE ACUERDO A LA PROGRAMACION DE LAS FECHAS DE CADA UNA DE LAS GIRAS DEL ANEXO TECNICO",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:08:32Z"
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            "date": "2026-06-19T09:29:07Z",
            "description": "Favor confirmar si las fechas mencionadas en los documentos son efectivas y exigibles o son solo referenciales. ¿Se llevará a cabo una instancia para coordinar las fechas e itinerarios finales?",
            "answer": "SON LAS FECHAS INFORMADAS POR EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL, UNA VEZ EMITIDA LA ORDEN DE COMPRA SE COORDINARA Y CONFIRMARA LA FECHA DEFINITIVA",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:09:12Z"
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            "date": "2026-06-19T09:29:29Z",
            "description": "La ficha de la licitación muestra 3 canastas. ¿Es posible postular a cada una de ellas de manera individual e independiente?",
            "answer": "SE DEBE POSTULAR POR TODAS LAS LINEAS SEGÚN LO INDICADO EN LA FICHA DE LA PUBLICACION (OFERTA COMPLETA)",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:09:52Z"
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            "date": "2026-06-19T11:01:47Z",
            "description": "A qué se debe que soliciten patente comercial al momento de ofertar y que está sea excluyente?, considerando que mayoritariamente las empresas de transporte no amerita tenerla.",
            "answer": "EL SERVICIO SOLICITADO NO ES SOLO TRANSPORTE, INCLUYE COLACION, ALMUERZO Y ENTRADAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:10:45Z"
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            "date": "2026-06-19T11:02:35Z",
            "description": "Cuales son las características técnicas del vehículo solicitado?",
            "answer": "LOS REQUISITOS INDICADOS EN EL ANEXO TECNICO, CONSIDERANDO CANTIDAD DE PARTICIPANTE POR GIRA, QUE DEBE CUBRIR LA CAPACIDAD SOLICITADA",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:11:25Z"
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            "date": "2026-06-19T11:03:35Z",
            "description": "Que debe considerar la alimentación?, es una diaria por alumno?",
            "answer": "REVISAR ANEXO TECNICO D-758 GIRAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:11:51Z"
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            "date": "2026-06-19T11:04:13Z",
            "description": "El inicio de todos los viajes señalados es desde Curanilahue?",
            "answer": "SI",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:12:05Z"
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            "description": "Se regresa en el mismo día cierto?",
            "answer": "SI",
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            "date": "2026-06-19T11:04:52Z",
            "description": "Es posible modificar el bus para cada trayecto?",
            "answer": "ESTRICTA SUJECION A LAS BASES",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:12:38Z"
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            "date": "2026-06-19T11:05:02Z",
            "description": "Cuáles son las fecha de cada salida?",
            "answer": "REVISAR ANEXO TECNICO D-758 GIRAS",
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            "date": "2026-06-19T11:05:54Z",
            "description": "Favor adjuntar bases técnicas.",
            "answer": "REVISAR ANEXO TECNICO D-758 GIRAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:13:25Z"
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        "description": "SERVICIO PARA GIRAS PEDAGOGICAS DE LA ESCUELA D-758 RAMIRO ROA, SOLICITADO POR LA DIRECTORA DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL, FINANCIADO CON FONDOS SEP",
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            "date": "2026-06-17T13:14:00Z",
            "description": "De acuerdo a documento Anexo_D-758_gira.docx, se menciona que \"el proveedor deberá emitir una factura afecta a IVA\". Solicitamos IMPUGNAR esta cláusula y cualquiera que haga relación con esta exigencia por los siguientes motivos: 1. El servicio de salidas pedagógicas se enmarca, basado en su propósito y su naturaleza pedagógica, dentro de actividades económicas relacionadas con la Enseñanza (códigos 85XXXXX), los cuales son exentos de IVA. 2. Independiente de lo anterior, en su mayor parte tiene componentes exentas (transporte, museos, guía educacional, etc.), y una mínima parte afecta (alimentación y algunos pocos destinos). 3. La naturaleza de la facturación NO es una facultad discrecional, sino que está determinada por la ley y el principio de realidad de los actos jurídicos de acuerdo al artículo 4° bis del Código Tributario (DL830), las obligaciones tributarias nacen y son exigibles con arreglo a la naturaleza jurídica de los hechos o negocios realizados, cualquiera que sea la forma o denominación que los interesados le hubieran dado. Es decir, si un servicio es legalmente exento, el COMPRADOR NO PUEDE convertirlo en afecto por simple voluntad contractual Al respecto, el artículo 2°, numeral 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (DL825) establece explícitamente que si un servicio comprende conjuntamente prestaciones afectas y exentas, SÓLO se gravarán aquellas que, por su naturaleza, se encuentren afectas, salvo que no puedan individualizarse unas de otras (En este caso, se pueden diferenciar claramente cada una de las componentes del servicio). Finalmente, el SII es el único organismo con la facultad exclusiva de calificar la habitualidad y naturaleza de los hechos gravados. En resumen: no se puede exigir un determinado tipo de facturación, puesto que esto está regulado por la ley, y la forma correcta de facturar, en este caso, es a través de facturación mixta. 4. La ley de Compras Públicas (Ley 19.886) establece el principio de valor por dinero en su artículo 2° bis, que dicta regirse por la eficiencia, eficacia y economía en el uso de los recursos públicos. Obligar a pagar un 19% adicional de IVA por un servicio que legalmente no debe pagarlo es una contravención directa a este principio. Al mismo tiempo, establece una diferencia arbitraria, prohibida por el art 6°, al potencialmente excluir a proveedores que aplican correctamente la ley. DE ACUERDO A TODO LO ANTERIOR, se exige IMPUGNAR la cláusula mencionada y cualquiera que haga relación con esta exigencia, actualizando con ello las bases, anexos y demases que correspondiere. La Municipalidad de Curanilahue, así como ningún otro cuerpo estatal -salvo el SII-, NO tiene la potestad de exigir un tipo específico de facturación, lo que contraviene los ya mencionados cuerpos legales, así como el principio de valor por dinero y la prohibición de diferencias arbitrarias. En contraste, se solicita liberar esta cláusula o exigir exclusivamente una facturación mixta atendiendo la naturaleza de cada parte del servicio prestado.",
            "answer": "SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS SE SOLICITA FACTURA AFECTA A IVA POR CONTENER SERVICIOS AFECTOS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:52:51Z"
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          {
            "id": "7443864",
            "date": "2026-06-17T14:42:09Z",
            "description": "Respecto al pago, se señala lo siguiente \"la factura deberá ser entregada junto al certificado de conformidad del servicio emitido por la directora del establecimiento educacional\" ¿Estos dos son eventos que ocurren en paralelo, o es exigencia contar con el certificado de conformidad del establecimiento? Favor aclarar si la Municipalidad de Curanilahue busca retrasar administrativamente la emisión de la factura, en consideración que esto afecta directamente el pago a 30 días al oferente, y podría considerarse como una demora injustificada para el pago. El artículo 2 de la Ley 19.983 establece que \"... NO producirán efecto alguno las cláusulas o estipulaciones que INTENTEN DEMORAR indebidamente el pago de la factura al vendedor o prestador del servicio\". Dicho lo anterior, favor confirmar la manera en que esto operará, reconociendo y separando debidamente las responsabilidades administrativas de la institución respecto a las responsabilidades financieras.",
            "answer": "EL CERTIFICADO SE EMITE POR EL ENCARGADO EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL Y NO PRODUCE RETRASO",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:53:36Z"
          },
          {
            "id": "7443866",
            "date": "2026-06-17T14:42:48Z",
            "description": "Favor confirmar que esta licitación está sujeta al artículo 3° de la Ley n° 19.983, es decir, que si el comprador no reclama en contra del contenido de la factura o de la falta de prestación de servicios dentro de ocho días corridos, este se entiende como irrevocablemente aceptada, esto independiente del procedimiento de recepción conforme, que constituye un mero requisito técnico y administrativo interno, exigido por el Reglamento de la Ley de Compras (Decreto 661), como condición para el pago. No obstante el procedimiento de recepción conforme, el organismo público se ve en la obligación de cumplir con los plazos legales de las leyes mencionadas.",
            "answer": "SI, CONFORME A LA NORMATIVA",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:54:24Z"
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            "id": "7443867",
            "date": "2026-06-17T14:42:57Z",
            "description": "Favor confirmar que esta licitación está sujeta a la Ley de Pago a 30 días (Ley N° 21.131) y el Reglamento de Compras Públicas (Decreto 661), que establece un plazo máximo de pago de 30 días corridos contados desde la recepción de la factura, y pagos por mora en caso de retraso, equivalentes a una comisión fija del 1% del saldo insoluto, más el interés corriente por cada día de atraso, con cargo a sus respectivos presupuestos, lo cual aplica también a organismos públicos.",
            "answer": "SI, CONFORME A LA NORMATIVA",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:55:53Z"
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          {
            "id": "7443896",
            "date": "2026-06-17T14:51:58Z",
            "description": "En consideración que para el pago se exige una \"Nómina de participantes por cada gira, que contenga nombres, curso, fecha de realización\" que no está dentro de las exigencias del servicio enviar un coordinador/guía en terreno y que la función específica del chofer es llevar al grupo a los distintos destinos, preocupándose de la seguridad de estos y del corecto resguardo y cuidado del vehículo. Favor confirmar que es el mismo establecimiento el que aporta este antecedente, y que la aportación de este es de mero caracter administrativo, no condicionante para la ejecución efectiva del pago.",
            "answer": "LA NOMINA SE EMITE POR EL ENCARGADO EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:57:15Z"
          },
          {
            "id": "7446295",
            "date": "2026-06-18T10:19:40Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que \"no se podrá subcontratar, salvo autorización escrita de la Institución\" y que \"la solicitud de subcontratación deberá efectuarse conjuntamente con la presentación de la oferta\". Al respecto se solicita aclarar: 1) ¿Cuál es el procedimiento formal y formato específico (o anexo) para realizar dicha solicitud al momento de presentar la oferta? 2) ¿Cuáles son los requisitos técnicos, administrativos y criterios objetivos bajo los cuales la Institución otorgará o denegará dicha autorización? Esta aclaración es indispensable para dar cumplimiento al principio de igualdad de trato y no discriminación (Art. 2 bis de la Ley N° 19.886) y para evitar el establecimiento de diferencias arbitrarias entre los proponentes, prohibidas por el artículo 6° de la Ley N° 19.886 y el artículo 37 del Reglamento. Asimismo, se busca resguardar el deber de la entidad de proporcionar la máxima información a los proveedores (Art. 37 del Reglamento) y asegurar que toda condición de la licitación permita una evaluación de las ofertas de la forma lo más objetiva posible (Art. 55 del Reglamento), evitando que la \"autorización escrita\" quede sujeta a una discrecionalidad que afecte la transparencia del proceso.",
            "answer": "ESTRICTA SUJECION A LAS BASES",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:58:11Z"
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          {
            "id": "7446377",
            "date": "2026-06-18T10:32:12Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que no se podrá subcontratar, salvo autorización escrita. Del mismo modo, se menciona que, en caso de ocurrir, no se podrá exceder el 30% del valor de la oferta. Considerando la naturaleza de los servicios requeridos en esta licitación, la subcontratación es indispensable para cumplir con lo solicitado. En consideración de ello, favor confirmar que, para efectos de esta licitación, el TRANSPORTE NO se considera como subcontratación.",
            "answer": "NO SE CONSIDERA SUBCONTRATACION, SINO UN SERVICIO DE INTERMEDIACION\n",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:59:28Z"
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          {
            "id": "7446382",
            "date": "2026-06-18T10:32:26Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que no se podrá subcontratar, salvo autorización escrita. Del mismo modo, se menciona que, en caso de ocurrir, no se podrá exceder el 30% del valor de la oferta. Considerando la naturaleza de los servicios requeridos en esta licitación, la subcontratación es indispensable para cumplir con lo solicitado. En consideración de ello, favor confirmar que, para efectos de esta licitación, la ALIMENTACIÓN (colaciones y almuerzos) NO se considera como subcontratación.",
            "answer": "NO SE CONSIDERA SUBCONTRATACION, SINO UN SERVICIO DE INTERMEDIACION\n",
            "dateAnswered": "2026-06-22T14:59:42Z"
          },
          {
            "id": "7446385",
            "date": "2026-06-18T10:32:36Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que no se podrá subcontratar, salvo autorización escrita. Del mismo modo, se menciona que, en caso de ocurrir, no se podrá exceder el 30% del valor de la oferta. Considerando la naturaleza de los servicios requeridos en esta licitación, la subcontratación es indispensable para cumplir con lo solicitado. En consideración de ello, favor confirmar que, para efectos de esta licitación, el ACCESO A PARQUES, DESTINOS Y SIMILARES NO se considera como subcontratación.",
            "answer": "NO SE CONSIDERA SUBCONTRATACION, SINO UN SERVICIO DE INTERMEDIACION\n",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:00:03Z"
          },
          {
            "id": "7446394",
            "date": "2026-06-18T10:33:29Z",
            "description": "Respecto al punto 26.2 \"Subcontratación\" de las bases, se señala que, en caso de subcontratación, los subcontratados deben cumplir con las exigencias del artículo 7, y estar inscritos en registro de proveedores. Sin embargo, por la naturaleza del rubro, los restaurantes NO participan en Mercado Público ni pueden cumplir a cabalidad las estrictas exigencias del artículo 7 del mismo modo, muchos de los destinos mencionados, que son de entera selección de la entidad solicitante, tampoco cuentan con participación en Mercado Público. En consideración de esto, se solicita eliminar/relajar las exigencias de lo planteado en cuanto a la subcontratación, y/o eliminar la alimentación y destinos de estos requerimientos, haciéndolos exigibles exclusivamente para la subcontratación de transporte.",
            "answer": "NO SE CONSIDERA SUBCONTRATACION, SINO UN SERVICIO DE INTERMEDIACION, ESTRICTA SUJECION A LAS BASES\n",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:02:25Z"
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          {
            "id": "7446408",
            "date": "2026-06-18T10:34:48Z",
            "description": "Se menciona en el artículo 17 que \"[...] deberán contar con una garantía durante la ejecución del contrato [...]\" Sin embargo, ni en la ficha ni en las bases se detalla a qué tipo de garantía corresponde, montos, duración y demases. ¿Es esta una garantía de fiel cumplimiento? Si es así, por favor confirmar que NO se exigirá esta garantía, en consideración de que el artículo 41, numeral 7 del Reglamento (Decreto 661) menciona que las bases deben contener, a lo menos, el monto de la o las garantías que la Entidad licitante exija a los oferentes y la forma y oportunidad en que serán restituidas, lo cual en este caso no ocurre, y afectaría la correcta valoración económica de la propuesta.",
            "answer": "GARANTIA LEGAL DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LA LEY DE CONSUMIDORES EN CHILE",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:03:04Z"
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          {
            "id": "7449185",
            "date": "2026-06-18T22:28:58Z",
            "description": "Favor detallar respecto a la alimentacion minima a ser entregada a acada estudiante.",
            "answer": "REVISAR ANEXO TECNICO D-758 GIRAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:03:36Z"
          },
          {
            "id": "7449186",
            "date": "2026-06-18T22:29:42Z",
            "description": "favor detallar si se debe entregar solo una factura afecta a iva por la totalidad de servicios, o una factura por cada uno de los tres servicios solicitados.",
            "answer": "SEGÚN LO INDICADO EN EL ANEXO TECNICO EL PLAZO DE PAGO SERÁ MENSUAL, DE ACUERDO A LA CANTIDAD DE GIRAS REALIZADAS DURANTE EL MES, UNA VEZ REALIZADO EL SERVICIO PREVIA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN CONFORME DE LA FACTURA.",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:04:41Z"
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          {
            "id": "7449187",
            "date": "2026-06-18T22:34:30Z",
            "description": "en el caso de los viajes a pinacoteca y dojo, se debe pagar alguna entrada?",
            "answer": "EN EL DOJO SE DEBE CANCELAR ENTRADA Y LA PINACOTECA NO TIENE COBRO DE ACCESO",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:31:08Z"
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          {
            "id": "7449191",
            "date": "2026-06-18T22:39:05Z",
            "description": "Considerando que el proveedor debe efectuar reservas y comprometer recursos con antelación para la totalidad de los pasajeros informados, se solicita confirmar que la eventual inasistencia de uno o más integrantes de la delegación no dará derecho a descuentos, devoluciones ni rebajas tarifarias, manteniéndose el cobro íntegro de los servicios previamente contratados y reservados.",
            "answer": "NO",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:05:02Z"
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          {
            "id": "7449652",
            "date": "2026-06-19T09:26:42Z",
            "description": "En dos salidas se menciona \"Cine Mirador Biobio\", perteneciente a cadena Cinemark, como destino. En función del principio de valor por dinero, y los deberes de eficiencia, eficacia y economía consagrados en el artículo 2 bis de la Ley N° 19.886 (Ley de compras públicas), se considera la limitación a esta única cadena como un requisito injustificado. Por favor confirmar que es posible reemplazar este por otro cine ubicado dentro de Concepción, esto en pro de lograr ofertas más competitivas.",
            "answer": "EN EL ITEM ENTRADAS NO CONSIDERA ENTRADAS AL CINE, LAS ENTRADAS HACE REFERENCIA A TODOS LOS DEMAS LUGARES QUE LA REQUIERAN",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:06:30Z"
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          {
            "id": "7449654",
            "date": "2026-06-19T09:27:14Z",
            "description": "Respecto a destino \"Dojo Talcahuano\", favor aclarar lo siguiente: 1) Dirección Exacta. 2) ¿El grupo tendrá previamente gestionado el acceso o lo debe gestionar el proveedor? 3) ¿En qué calidad van los estudiantes? ¿Competidores o Expectadores? 4) ¿Cuáles son las actividades que debe garantizar el proveedor asociado a este destino? Favor aclarar todo lo anterior, dado que se hace indispensable para la correcta valoración de la oferta.",
            "answer": "LOS ALUMNOS ASISTIRAN COMO ESPECTADORES, LA VISITA ESTARA GESTIONADA Y EL PROVEEDOR DEBERA CANCELAR LAS ENTRADAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:28:30Z"
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          {
            "id": "7449660",
            "date": "2026-06-19T09:27:55Z",
            "description": "Respecto a salida n° 7 con destino a Lota: en reciente contacto con la fundación, se pudo constatar que la Mina Chiflón del Diablo entró en una profunda mantención que durará, a lo menos, 4 meses, es decir, POR LO MENOS hasta mediados de octubre, quedando no habilitado el acceso para cualquier turista o delegación. En consideración de ello, favor aclarar qué ocurrirá en el caso de que el curso desee llevar a cabo la salida y, por razones externas tanto al proveedor como al comprador, no sea posible acceder en particular a este destino.",
            "answer": "SE EVALUARA LA DISPONIBILIDAD DEL LUGAR PREVIO A LA FECHA VIENDO LAS ALTERNATIVAS DISPONIBLES",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:07:13Z"
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          {
            "id": "7449665",
            "date": "2026-06-19T09:28:43Z",
            "description": "Respecto a artículo 12, sobre plazo de ejecución máximo, que menciona \"Plazo de ejecución será de 30 días corridos como máximo a contar del día siguiente de la emisión de la orden de compra.\" Favor aclarar: ¿Se emitirá una OC por cada servicio? En caso de emitir una OC única no es posible ejecutar el servicio en 30 días, toda vez que, según el mismo calendario proporcionado, la primera actividad es para el 5 de agosto y la última para el 29 de octubre, habiendo más de 30 días entre ambas fechas, y con dos fechas aún por definir.",
            "answer": "SE EMITIRA UNA SOLA ORDEN DE COMPRA, Y LA EJECUCION SERA DE ACUERDO A LA PROGRAMACION DE LAS FECHAS DE CADA UNA DE LAS GIRAS DEL ANEXO TECNICO",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:08:32Z"
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            "id": "7449670",
            "date": "2026-06-19T09:29:07Z",
            "description": "Favor confirmar si las fechas mencionadas en los documentos son efectivas y exigibles o son solo referenciales. ¿Se llevará a cabo una instancia para coordinar las fechas e itinerarios finales?",
            "answer": "SON LAS FECHAS INFORMADAS POR EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL, UNA VEZ EMITIDA LA ORDEN DE COMPRA SE COORDINARA Y CONFIRMARA LA FECHA DEFINITIVA",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:09:12Z"
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          {
            "id": "7449676",
            "date": "2026-06-19T09:29:29Z",
            "description": "La ficha de la licitación muestra 3 canastas. ¿Es posible postular a cada una de ellas de manera individual e independiente?",
            "answer": "SE DEBE POSTULAR POR TODAS LAS LINEAS SEGÚN LO INDICADO EN LA FICHA DE LA PUBLICACION (OFERTA COMPLETA)",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:09:52Z"
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            "id": "7450304",
            "date": "2026-06-19T11:01:47Z",
            "description": "A qué se debe que soliciten patente comercial al momento de ofertar y que está sea excluyente?, considerando que mayoritariamente las empresas de transporte no amerita tenerla.",
            "answer": "EL SERVICIO SOLICITADO NO ES SOLO TRANSPORTE, INCLUYE COLACION, ALMUERZO Y ENTRADAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:10:45Z"
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            "id": "7450315",
            "date": "2026-06-19T11:02:35Z",
            "description": "Cuales son las características técnicas del vehículo solicitado?",
            "answer": "LOS REQUISITOS INDICADOS EN EL ANEXO TECNICO, CONSIDERANDO CANTIDAD DE PARTICIPANTE POR GIRA, QUE DEBE CUBRIR LA CAPACIDAD SOLICITADA",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:11:25Z"
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            "id": "7450327",
            "date": "2026-06-19T11:03:35Z",
            "description": "Que debe considerar la alimentación?, es una diaria por alumno?",
            "answer": "REVISAR ANEXO TECNICO D-758 GIRAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:11:51Z"
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            "id": "7450332",
            "date": "2026-06-19T11:04:13Z",
            "description": "El inicio de todos los viajes señalados es desde Curanilahue?",
            "answer": "SI",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:12:05Z"
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            "id": "7450333",
            "date": "2026-06-19T11:04:24Z",
            "description": "Se regresa en el mismo día cierto?",
            "answer": "SI",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:12:17Z"
          },
          {
            "id": "7450342",
            "date": "2026-06-19T11:04:52Z",
            "description": "Es posible modificar el bus para cada trayecto?",
            "answer": "ESTRICTA SUJECION A LAS BASES",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:12:38Z"
          },
          {
            "id": "7450345",
            "date": "2026-06-19T11:05:02Z",
            "description": "Cuáles son las fecha de cada salida?",
            "answer": "REVISAR ANEXO TECNICO D-758 GIRAS",
            "dateAnswered": "2026-06-22T15:13:08Z"
          },
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